Sentencia sobre nulidad de cesiones de crédito a fondos buitre

13 octubre, 2021
Sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo de 2 de marzo de 2018 que estima nuestro recurso y acuerda la nulidad de la cesión, por parte de Barclays Bank, al fondo buitre Estrella Receivables LTD del contrato de la tarjeta de crédito firmado por nuestro cliente en enero de 2008. Además, condena a la entidad a abonar al cliente la cantidad pagada por encima de la financiada.
En septiembre de 2014, Barclays cedió al fondo buitre Estrella Receivables Limited su derecho de crédito por el saldo deudor procedente del referido contrato de tarjeta. Entonces, Estrella Receivables instó juicio monitorio frente a nuestro cliente, quien se opuso al mismo.
Las partes alcanzaron un acuerdo por el que el demandante pagó al fondo buitre 2.584 euros, dando así por concluido el proceso. Sin embargo, años más tarde esta persona nos contrató y decidió demandar a Barclays Bank y a la cesionaria de su crédito, Estrella Receivables LTD, solicitando tanto la nulidad del contrato de tarjeta de crédito, como del acuerdo transaccional que había firmado en el procedimiento monitorio de 2014.
La sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo recoge el criterio jurisprudencial del Tribunal Supremo ya expresado en su sentencia de 28 de octubre de 2004 basado en el principio de la nulidad derivada: SI EL CONTRATO INICIAL NO EXISTE, LA CESIÓN A FAVOR DEL FONDO BUITRE NO VALE.
Por eso el Supremo dice que la CESIÓN (novación) OPERA EN VACÍO.
Los detalles de dicha sentencia se pueden consultar en:
https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/9d6056c0f347e360/20180503