Liberbank se allana a nuestras demandas, pero se opone sin éxito a las costas

11 diciembre, 2021
Después de cuatro años demandando a Liberbank a diario, la entidad decidió cambiar de estrategia frente a nuestras demandas contra sus revolving tras la sentencia del Supremo de 4 de marzo de 2020.
A partir de entonces, la actual Unicaja arrojó definitivamente la toalla respecto a defender en juicio estas tarjetas. Asumió que es un combate perdido en el primer asalto, que son nulas por usura. SIN DUDA.
Sin embargo, no se resignó del mismo modo a tener que asumir la imposición de las costas que lleva aparejado cada proceso. En este aspecto, sí ha continuado peleando. Así que su estrategia ha sido la de sistemáticamente allanarse a la demanda, pero solicitar la no imposición de las costas del proceso ALEGANDO DUDAS…
Curioso el oxímoron del argumento.
Sentencia de la Audiencia de Santander como botón de muestra
La sentencia 438/2021, de 10 de noviembre, de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santander es botón de muestra del resultado de la deficiente estrategia de la entidad financiera. Esta y otras decenas de sentencias que hemos cosechado en los mismos términos desestiman el recurso de apelación interpuesto por Liberbank. Y, por cierto, le imponen las costas del recurso de apelación.
En este caso concreto, presentamos una demanda contra Liberbank pidiendo la nulidad del contrato de una tarjeta de crédito MASTERCARD MAS suscrito por nuestro cliente con el banco por una TAE usuraria al 26,080%. La entidad contestó a la demanda, allanándose a la misma, reconociendo que la tarjeta era usuraria. Sin embargo, pidió que no se le impusieran las costas alegando la posible existencia de ciertas dudas de hecho y de Derecho.
El Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Medio Cudeyo dictó, con fecha 11 de septiembre de 2020, sentencia estimando la demanda y declaró la nulidad del contrato de la MASTERCARD MAS ;suscrito entre las partes por la existencia de usura en la condición general que establece el interés remuneratorio. Además, condenó a la demandada a abonar a la demandante todo lo pagado por encima de lo prestado por la entidad financiera y al pago de las costas procesales causadas.
Ninguna duda para el Supremo
Como respuesta, Liberbank interpuso recurso de apelación alegando “dudas de hecho y de Derecho”.Pero, ¿de qué dudas habla Liberbank?
No se alcanzan siquiera a entrever qué dudas de Derecho podría haber. Tampoco, bajo qué circunstancias jurisprudenciales, actuales o pasadas, que pudieran hacer dudar a alguien, respecto de la nulidad radical del contrato de tarjeta de crédito comercializado ilícitamente por la recurrente a un salvaje e inmoral 26,080% TAE con capitalización de intereses y comisiones.
Recordemos, que en la archiconocida sentencia del Tribunal Supremo de 4 de marzo de 2020 (caso WIZINK) esta entidad, en recurso de casación, lo vio desestimado con imposición de costas procesales y confirmación de las sentencias dictadas en Instancias anteriores. Las dudas de Derecho resultaron inexistentes para el Tribunal Supremo.
Tampoco existe duda alguna en este caso. Ni en todos los demás. Según la Audiencia, la demandada fue requerida en relación con la nulidad del contrato por usura ya en el mes de octubre de 2019 sin que atendiera el requerimiento. Y tampoco lo hizo tras la sentencia del Tribunal Supremo de 4 de marzo de 2020 cuando pudo haberlo hecho antes de la interposición de la demanda el 26 de mayo de 2020.
La sentencia es concluyente respecto a que “no cabría en modo alguno acoger la argumentación de la recurrente sobre serias dudas de Derecho acerca del carácter usurario del crédito cuando el interés aplicado en la tarjeta era del 26.080 % TAE”.
El texto completo de esta sentencia se puede consultar en
https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/133122bb496232f6/20211201