Fecha: 21 febrero, 2020 Categorías: Recurso casación Wizink | TAE | Tarjetas revolving | Usura
Estamos ya en la cuenta atrás para conocer la decisión del Tribunal Supremo sobre el recurso de casación de WiZink por las revolving. El próximo 26 de febrero es el día. La fecha en la que la Sala de lo Civil del Alto Tribunal se pronunciará sobre si los intereses que se les aplica son usurarios o no.
Estas últimas semanas hemos venido exponiendo los argumentos que han llevado a WiZink a dar un paso que, hasta ahora, no se había atrevido a llevar a cabo ninguna otra entidad bancaria.
¿Osadía, desesperación, defensa de lo indefendible?
Pues, como diría el abuelo de Bart Simpson, Abraham, una miaja de cada.
Desesperación
Este banco es el que acumula más demandas en los tribunales por contratos usuarios de sus revolving y el que, un día tras otro, las está perdiendo en favor de los consumidores.
Como consecuencia, sus intereses financieros se están viendo severamente perjudicados de forma exponencial, y temen que la espiral sea imparable.
Y no está dispuesto. Su objetivo irrenunciable es mantener a flote, y con el propósito de concederle larga vida, su multimillonario negocio usurario. ¿Cómo?
Invocando la libertad de precios para que resulte inatacable un estatus de cártel (en su sentido de organización ilícita) financiero.
Por eso, lejos de doblegarse y de abandonar la incorregible usura que practica con sus clientes (un salvaje e inmoral 27,24% TAE), decidió dar el manotazo encima de la mesa y decir ¡hasta aquí!.
Osadía
Así, haciendo gala de una tremenda osadía, WiZink emprendió una huida hacia adelante aferrándose a la vía del recurso de casación. Y todo, para convertirse en el adalid de las “bondades” del actual sistema de las tarjetas revolving y alertar sobre la destrucción de este sistema de pago.
Poco le importa que las razones expuestas para sostener sus intereses privados resulten instrumentales, artificiosas y ficticias, y hayan sido diseñadas para defender lo indefendible.
Defender, fundamentalmente, dos cuestiones que WiZink se cree a pies juntillas:
1. La existencia de un criterio disidente con la famosa sentencia del 25 de noviembre de 2015 por parte de algunas Audiencias Provinciales. Esta afirmación no se ajusta a la realidad y se exagera intencionadamente.
Porque, si bien es cierto que el 90% de las Audiencias Provinciales ha sido leal al criterio establecido por el Supremo en su famosa sentencia de 25 de noviembre de 2015, algunas rebeldes (Sevilla, Huelva, Pontevedra, Albacete) no han seguido esa norma.
Estamos hablando de una minoría. Recordemos que ese fallo del Alto Tribunal es el que permitió iniciar la escalada de demandas, el que se sigue aplicando, junto a la Ley de Usura de 1908, y el que continúa favoreciendo masivamente a los usuarios.
Aquella resolución decretó la nulidad, por usura, de un contrato de préstamo al consumo al 24,6% T.A.E. Concluyó “que “la concesión irresponsable de préstamos al consumo que facilita el sobreendeudamiento de los consumidores no puede ser objeto de protección por el ordenamiento jurídico”.
2. La cacareada singularidad de las tarjetas revolving. Es decir, la reiteración de que constituyen una categoría de crédito con autonomía y sustantividad propia dentro del crédito al consumo.
WiZink falta nuevamente a la verdad. NO es cierto que las tarjetas de crédito pertenezcan a un mercado autónomo, con entidad propia que se regula bajo una normativa independiente, ajena a la normativa de consumo y con aforamiento respecto a la represión de la usura.
Es un argumento irreal creado únicamente para un fin determinado: dotar de indemnidad a un tipo de interés usurario injustificable.
Por eso, autorizar y dar luz verde a la propuesta de WiZink respecto a ese razonamiento conllevaría algunos riesgos. Por ejemplo, que se aceptaran como válidas prácticas monopolistas y pactos entre entidades financieras orientados al control férreo, intencionado e interesado del mercado.
Este es, en resumen, el panorama que tiene ante sí el Tribunal Supremo para adoptar una resolución de la que está en vilo todo el sistema bancario.
La decisión que adopte la Sala de lo Civil va a tener una enorme repercusión para el futuro inmediato del sistema de las tarjetas revolving y también para las entidades que comercializan estos productos.
Por supuesto, también para los consumidores.
Muchos de ellos obligados a pagar, sine die, la usura de estos productos si se quedan sin el respaldo del Supremo.
Y ahora ¿qué?
Por un lado, el Supremo tiene una magnífica oportunidad para unificar jurisprudencia en este tema; también está en sus manos fijar unos criterios razonables para estos productos que impidan la usura continuada contra los clientes.
Por otro, es indudable que existe un cierto temor en el aire sobre la posibilidad de que pudiera cambiar de criterio, tal y como hizo con las cláusulas suelo y los gastos hipotecarios.
¿Existen razones que avalen este recelo?
Hasta el momento la presentación del recurso de casación por parte de WiZink no ha tenido ninguna influencia. Ellos pensaban que sí, y han seguido presentando solicitudes de suspensión de los procedimientos.
Pero lo que está ocurriendo es lo contrario.
Dichas peticiones están siendo desestimadas en bloque por las Audiencias Provinciales y Juzgados porque no hay ningún precepto legal que justifique ninguna suspensión de los procedimientos por el hecho de que exista un recurso de casación.
Y, día a día, cosechamos nuevas sentencias de Audiencias Provinciales de toda España que nos dan la razón, desestiman los recursos de WiZink y reconocen que una TAE del 27,24% es usuraria.
Algunas cuestiones en el aire
A modo de cierre, vamos a dejar dos preguntas en el aire que esteremos en condiciones de contestar a partir del próximo 26 de febrero:
¿Quitará el Supremo la razón a más del 90% de las Audiencias Provinciales de España?
¿Se la dará a las rebeldes que no siguen el criterio mantenido por el Alto Tribunal desde 2015, cuando el único argumento de éstas es que todos los usureros cobran más de un 20%?
Si el Tribunal Supremo cambiara de criterio, ¿se podrá seguir reclamando a WiZink por los intereses de sus tarjetas revolving después del recurso de casación?
Estamos en la cuenta atrás para dar respuesta a estas cuestiones.
“Por H o Por B”
Cuesta imaginar que cientos de Jueces Ad Quo y miles de Magistrados Ad Quem, puedan haber llegado a equivocarse al sentenciar sobre la usura.
El 26 de febrero lo sabremos.
Y también sabremos, si a partir de ese día, usura debe empezar a escribirse con H.
Y será por H de ”Husura“ o por B de “Bank transparency“ por lo que los mismos Jueces Ad Quo y Magistrados Ad Quem, seguirán estimando las mismas demandas.
Lo que ya sabemos antes de que llegue el 26 de febrero, es que las demandas contra Wizink no se han paralizado y menos van a parar !!!!!
Para que se entienda bien que es un 27% de interés, por mucho que la banca haya creado un mercado de crédito en esta franja, es importante compararlo con la referencia del euribor que está en negativo o el tipo oficial del BCE que está en el 0%, prestándoselo a los bancos a un irrisorio 1%.
¿Qué quiere decir esto? Que ese 27% es equivalente a un 2700% veces el dinero que reciben del BCE o al 300% de lo que supondría un préstamo al consumo convencional para comprarte una lavadora al 9% que ya va bien servido. Si ha eso añadimos una política de prestar el dinero y ampliar líneas de crédito sin que el cliente lo solicite, ya está preparada la trampa para que a la que este tenga un problema en su ciclo de vida laboral o familiar, se vea atrapado literalmente de por vida.
Y luego está la comercialización. Lo último que un cliente espera en una gasolinera cuando le ofrecen una tarjeta de descuento de combustible para ahorrarse unos eurillos es verse, en unos pocos años, atrapado por una deuda bancaria que puede, en muchos casos, alcanzar los 20.000 euros.