Fecha: 7 febrero, 2020 Categorías: Recurso casación Wizink | TAE | Tarjetas revolving | Usura
Seguimos, como ya os adelantamos en el post anterior, con el tema del recurso de casación de WiZink por la posible usura o no de las tarjetas revolving.
Continuamos desgranando, en nuestro escrito de oposición, las torpes, mal argumentadas y peor acreditadas razones que le han llevado a dar este paso.
Recordemos que el recurrente, es decir, el banco, invoca como interés casacional en el planteamiento de su recurso la existencia de una doctrina contradictoria entre Audiencias Provinciales.
Alega, además, contradicción entre la sentencia recurrida y la jurisprudencia del Tribunal Supremo, y de cómo influyó en el resultado del proceso.
Una contradicción que resulta inexistente y sólo figura en la mente de los autores del recurso.
La realidad, lo que nosotros ponemos en evidencia, es que dicha confrontación no se produce realmente entre la sentencia recurrida y la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Se origina entre la sentencia recurrida y la tesis financiera que defiende el recurrente. O mejor dicho, entre la sentencia recurrida y lo que le gustaría a WiZink que dijera la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Una solución a la desesperada
Los intereses financieros concretos que tiene Wizink Bank se están viendo, seria y severamente, perjudicados por la ingente cantidad de pleitos en su contra, resultado de la incorregible usura que practica con sus clientes.
Es decir, no pueden doblegar la doctrina jurisprudencial existente (sentencia Tribunal Supremo 25 noviembre 2015) que alegan infringida, pero que no es cierto.
Todo el esfuerzo del recurso de casación está orientado a conseguir, a la desesperada, una solución, por vía de sentencia del Tribunal Supremo.
Una nueva resolución que cambie la jurisprudencia adoptada en Pleno por el Alto Tribunal, que aplaque las desastrosas consecuencias que las sentencias dictadas en su contra (como la recurrida) en todo el territorio nacional, un día sí y otro también, y que amenazan ruina para su negocio.
Un tinglado construido y edificado, durante años, sobre la pura usura que supone, en la actualidad, la imposición de un 27,24% de interés aplicado al contrato de las revolving (26,82% al inicio de la relación contractual).
¿Un Armagedón financiero?
Y prueba de la desesperación de WiZink son sus apocalípticas afirmaciones.
Alerta sobre el posible hundimiento y desaparición del negocio de tarjetas de crédito en el caso de que no prospere su recurso y se mantenga la actual doctrina jurisprudencial.
Pero, pongamos sensatez a esto.
Este Armagedón financiero que vaticina WiZink sobre la destrucción de este sistema de pago no va a ocurrir.
No sucederá si se pone freno a las tarjetas de crédito con un interés del 27,4% TAE como el recurrido.
El escenario que sí podemos contemplar va en otro sentido.
Lo que probablemente ocurra es lo que ya está sucediendo. Que, muy a su pesar y a regañadientes, las entidades financieras están rebajando los tipos de interés aplicados a sus contratos de crédito y situándolos en una horquilla proporcionada, entre el 7% y el 11%.
El motivo de esta medida tiene ver con el incesante goteo de demandas de los consumidores en materia de usura.
Las están perdiendo en tribunales; cada día se suceden sentencias favorables para los consumidores declarando la nulidad de los contratos.
El último cartucho de WiZink
Sin embargo, WiZink no quiere seguir por esa misma senda. Ha decidido quemar un último cartucho antes de abandonar el barco de la usura e hipotecar su destino financiero aferrándose a este salvavidas del recurso de casación.
Quizá, con la creencia de que existe una improbable posibilidad de que el Tribunal Supremo cambie de criterio y tome partido por los intereses comerciales de la banca.
No obstante, la reciente resolución del Alto Tribunal, por primera vez, en materia de comisiones por descubierto contra Kutxabank (octubre 2019), resulta alentadora para los intereses de los usuarios.
¡Ojo, a tener en cuenta, porque puede ser una señal muy significativa!.
Sin duda, la trascendencia del recurso será igual de enorme que la expectación que ha generado entre cientos de operadores jurídicos y financieros.
Todos ansían que llegue el próximo 26 de febrero para saber qué parte se llevará el gato al agua y se colocará la medalla.
Recurso inoportuno
Siguiendo con el empeño de WiZink en continuar por su atajo, un tanto kamikaze, de defender, contra viento y marea, su recurso de casación, hemos de decir que resulta muy chocante e inoportuno por tratarse de quien se trata.
Es decir, estamos hablando de un recurso interpuesto por la entidad financiera con menos credibilidad, que no tiene escrúpulos ni complejos por comercializar un producto financiero a un salvaje e inmoral 27,24% TAE.
Un banco que recurre a comerciales agresivos, incentivados por atractivas comisiones, para que vendan las “bondades” de sus tarjetas de crédito.
Comerciales que, en su mayoría, carecen de las nociones más elementales en materia de asesoramiento financiero y que aprovechan todas las vías posibles para meter por los ojos el producto a los consumidores:
estaciones de servicio, aeropuertos, grandes superficies comerciales y mediante llamadas telefónicas, provocando en ellos uno de los mayores endeudamientos colectivos que actualmente se conocen.
Wizink Bank (y, con él, los grupos inversores que lo controlan realmente) busca, desesperadamente, mantener a flote, y con el propósito de concederle larga vida, su multimillonario negocio usurario.
¿Cómo?
Invocando la libertad de precios para que resulte inatacable un estatus de cártel (en su sentido de organización ilícita) financiero.
Hay además, entre todas las contadas, otra pretensión poco ética (por no decir inmoral) en su afán de que prospere el recurso planteado.
WiZink quiere desautorizar y desprestigiar la aplicación jurisprudencial uniforme, constante y sistemática que cientos de excelentes magistrados y jueces de primera y segunda Instancia vienen haciendo de la doctrina del Supremo durante cuatro años.
¡Atentos a nuestro próximo post. Seguiremos contando más detalles.
Gracias sinceramente por vuestra labor.
Mi padre, ahora jubilado, contrató una de estas tarjetas en una feria de alimentación. No supimos nada de ella hasta su jubilación cuando, ya con menos dinero mensual en casa, decidió no sin antes morirse de la verguenza, mostrarme lo que estaba pasando:
De su modesta jubilación, le estaban quitando cerca de 300 euros, de los cuales 289 eran para pagar intereses al 28% a un fondo buitre.
Lleva pagados más de 15000 euros de un «préstamo» de 8000…del que solo ha saldado 900 euros en más de 5 años.
Yo ya tenía conocimiento de estas artimañas y decidí poner el caso en manos de un abogado. Por suerte, mi padre tiene una familia que puede hacerse cargo del problema.
Pero no quiero imaginarme qué penas estarán pasando en otros hogares, que no compartan esta suerte, pagando un crédito eterno y, en muchos casos, hereditario, un impuesto bancario que nace del engaño y la ignorancia y que a todas luces debe ser castigado y, sobre todo, regulado y sancionado.
Esperemos, y lo digo desde el corazón y desde la perspectiva que me dio ver a un hombre, cabeza de familia ejemplar, que trabajó durante més de 50 años, sollozar ante su hijo con verguenza, que el Tribunal Supremo no se doblegue ante argumentos decimales y picapleitos sin escrúpulos.
Y que, sobre todo, estos «artículos financieros» se regulen de manera efectiva.
Soy un hombre de negocios, un hombre que sabe de la importancia de las instituciones financieras, pero la importancia y el poder conllevan una responsabilidad totalmente violada en este y en otros casos. Algo que no debe ser permitido.
Confío en nuestro poder judicial.