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Banco de Santander, más comisiones por descubierto

27 enero, 2020

El Banco de Santander ha decidido hacer caso omiso en sus comisiones por descubierto a la reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre este asunto.

Y lo ha hecho anunciando que, a partir del próximo mes de abril, sube la comisión de reclamación de posición deudora de 39 a 49 euros.

Es decir,  cada vez que un cliente se quede en números rojos, diez euros más.

Con esta medida, el Santander sigue siendo la entidad más cara en este tipo de comisiones, con alrededor de medio punto  por encima del sector.

¿Las razones por las que lo hace?

Pues el argumento del  ambiente poco propicio que vive la banca por los tipos de interés cero del Banco Central Europeo y la merma de resultados. De ahí, la necesidad de buscar nuevas fuentes de rentabilidad para incrementar los ingresos, entre ellas, este aumento de las comisiones por descubierto.

En este sentido, cabría la posibilidad de que pudieran aumentar las demandas de los clientes del Banco Santander ante esta decisión.

Demandas con muchas posibilidades de ser ganadas en los tribunales, como viene  ocurriendo antes y después de la reciente sentencia del 29 de octubre de 2019 del Tribunal Supremo a Kutxabank.

Una resolución en la que, por primera vez, el Alto Tribunal anulaba, declarándola abusiva, una cláusula por la que esta entidad cobraba 30 euros por descubierto en la cuenta

Comisiones sólo por servicios prestados

Es conveniente recordar una serie de aspectos importantes. Cuando una persona se queda en posición deudora, el banco adelanta el dinero que falta para realizar el pago correspondiente a cambio de unos intereses y comisiones.

En este caso, la comisión por descubierto  se calcula sobre el saldo deudor más alto que se haya producido y suele ser de alrededor del 4 % de dicho importe (se llega, incluso, hasta el 7,5%).

El truco de esta penalización está en el mínimo, que suele ser de 15 euros. De ahí en adelante.

De acuerdo con el artículo 20 de la Ley 16/2011 del 24 de junio sobre Contratos de Créditos al consumo, en el caso de los descubiertos bancarios el consumidor debe ser informado en el plazo y forma del tipo deudor y los tipos de referencia aplicables.

 Si el descubierto bancario se prolonga más de un mes, también del importe, el tipo deudor y las penalizaciones y gastos de demora.

Esta comisión suele venir recogida en el contrato de la propia cuenta bancaria y se carga simplemente cuando el cliente se queda en números rojos.  

Esta práctica está siendo anulada en los tribunales cuando se presentan reclamaciones ya que es muy importante saber que las comisiones se generan cuando el banco presta un servicio o tiene un gasto.

Por el  hecho de quedarse en negativo, el banco no está prestando servicio alguno. No es el caso.

De ahí la posibilidad de plantear demandas por parte de los consumidores cuando se da está circunstancia.

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