Fecha: 30 enero, 2021 Categorías: créditos rápidos | Lendrock | Usura
¡Financia la compra de tu coche desde el móvil!. A esto nos invita Lendrock, la emergente plataforma digital del universo fintech que brinda acceso a clientes que no obtendrían un préstamo en otro lugar.
Esto así, de entrada, ya tiene un tufillo similar a esos minicréditos que se solicitan a la desesperada cuando se cierran otras vías de financiación y que se acaban pagando muy muy caros. Pues algo por el estilo.
¿Qué quieres comprarte un coche y no consigues el préstamo? Lendrock nos cuenta que da crédito «a todos, sin excepciones, de una forma transparente, fácil, rápida y sin letra pequeña desde tu propio móvil. con cero comisiones y cero sorpresas…».
ESTE ES EL GANCHO CON EL QUE ESTA USURERA CAMELA A SUS POTENCIALES VÍCTIMAS.
¿Cómo dicen que funciona?
De forma muy rimbombante nos dicen en su web:
«Lendrock ha desarrollado modelos de suscripción de datos que personalizan la financiación en base a algoritmos, analizando más de 100 fuentes de datos. Lo que hacemos es recurrir a un conjunto ordenado de operaciones sistemáticas que permiten hacer un cálculo y hallar la solución a un tipo de problema”.
Este rollo, supuestamente significa que esta fintech “utiliza las nuevas tecnologías para crear productos financieros innovadores”. Pero, de innovadores, nada.
Usura pura y dura contra la que ya luchaba Gumersindo de Azcárate en su ley de 1908 que, por suerte, nos protege contra estos nuevos usureros 3.0.
Lendrock ofrece financiación de importes que oscilan entre los 3.000 y los 10.000 euros después de examinar cada solicitud de préstamo individualmente teniendo en cuenta los datos personales del solicitante y el vehículo que desea adquirir.
Muy bien, imaginemos que aprueban la financiación de nuestro nuevo coche. Y ahora, ¿qué?
Pues si tenemos la “suerte” de que los algoritmos estén a nuestro favor… solo tenemos que firmar un contrato al 35% TAE. Así que esta basura algorítmica es totalmente usuraria y, por tanto, ILEGAL.
Además del tipo usurario, en el contrato se incluyen “penalizaciones”, en el caso de que exista retraso en el pago, que se capitalizan y terminan generando el efecto “bola de nieve”. De esta manera, por un préstamo de 2.500 euros el cliente puede terminar debiendo 12.000. Pero tranquilos, es ilegal, y se puede pedir su nulidad.
Ya tenemos sentencias favorables
El contrato es NULO por usura. Así que si has firmado uno de estos puedes anularlo y solo tendrás que devolver la cantidad que te prestaron y no la burrada que van a terminar diciendo que debes.
Un ejemplo de sentencia que estima una de nuestras demandas contra Lendrock.
Este es el caso de una clienta nuestra que interpuso una demanda contra Lendrock por un contrato de préstamo firmado el 7 de enero de 2020 por importe de 2.547 euros.
El contrato establecía (como todos los de Lendrock) una TAE del 35% y la demandante solicitó la declaración de nulidad por usura del préstamo concedido por la demandada, con la devolución de las cantidades abonadas en exceso respecto el principal dispuesto.
La financiera argumentó, por su parte, que los préstamos son transparentes y claros, ofrecidos dentro de un marco de libre mercado, y libremente elegidos por la demandante.
Aludió, además, a lo injusto de la reclamación por considerar que la actora acudió a la demandada para obtener financiación con la que adquirir un vehículo en el mercado de ocasión ante la imposibilidad de obtener financiación en otras entidades.
NADA. TODO ESO ES BASURA ARGUMENTATIVA FRENTE A LA LEY DE USURA.
Así, la reciente sentencia, dictada el 15 de enero de este 2021 por el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Oviedo, señala que debe observarse lo establecido por el Tribunal Supremo el 25 de noviembre de 2015. Según esta resolución, para apreciar el carácter usurario del préstamo se ha de examinar si el interés aplicado es superior al normal del dinero, así como manifiestamente desproporcionado.
Resulta que la TAE de los contratos de Lendrock es del 35%. A la vista de lo expuesto, la tasa media ponderada de las operaciones a crédito se fijaba en el 8.41%. Por lo que se concluye el CARÁCTER ELEVADO DE LO QUE LA DEMANDADA DENOMINA HONORARIOS, superando todos los estándares medios de los préstamos al consumo, pues SE CUADRIPLICA EL TIPO MEDIO.
La conclusión es que los tipos aplicados han sido muy superiores al precio normal del dinero. Y se puede afirmar que resulta manifiestamente desproporcionado, sin que concurra ninguna circunstancia que justifique la aplicación de semejante tipo de interés a un crédito al consumo.
Como consecuencia de todo lo expuesto, se declara la nulidad, por usurario, del contrato de préstamo hecho entre las partes y la devolución, por parte de la demandante, únicamente de la suma recibida, es decir esos 2.547 euros.
¡¡Ojo, por tanto, con estos usureros que son más de lo mismo!!
Y si has caído en su trampa algorítmica puedes liberarte. Envíanos un whatsapp al 651845135 y te explicaremos por audio lo que necesitamos para reclamar y liberarte de la usura de Lendrock.
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