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Demandas contra las «revolving», ¿seguir o no pagando?

Fecha: 2 julio, 2020 Categorías: Demandas contratos revolving | Derecho al honor | Ficheros morosos | Tarjetas revolving | WiZink


Hay una cuestión que nos plantea casi el 90% de nuestros clientes cuando, en su nombre, interponemos demandas en materia de usura contra los contratos de revolving de cualquier entidad financiera.

Por ejemplo, si decidimos demandar a WiZink, recopilamos la documentación pertinente y hacemos la reclamación, la “pregunta del millón”  que nos traslada el cliente,  prácticamente siempre, es: si el contrato, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo es nulo, ¿tengo que seguir pagando la tarjeta de crédito mientras se sustancia el procedimiento? 

En este caso, nuestra misión consiste en explicar las dos alternativas que podéis seguir  e informaros sobre los detalles de todo lo que puede ocurrir durante el procedimiento.

Seguir pagando

La primera posibilidad es que el consumidor decida demandar a la entidad y continuar pagando la cuota de la tarjeta de crédito.

Esta decisión no afecta al procedimiento puesto que, cuando se dicte la sentencia y se decrete  la nulidad del contrato,  haremos cuentas. Es decir, se sumará todo lo pagado por el consumidor (incluidos los pagos que haya efectuado durante la tramitación del procedimiento) y se restará la cantidad financiada (lo que le haya prestado la entidad).

Una opción perfectamente válida que no tiene ninguna repercusión para el proceso y que resulta menos incómoda para el reclamante por lo que vamos a contar a continuación.

No seguir pagando

Cabe una segunda posibilidad, igualmente válida también.  El cliente puede decir yo sé que  este contrato es nulo porque lo ha dicho el Tribunal Supremo  en la sentencia del 4 de marzo de 2020. Y, como he encargado esta demanda para pedir la nulidad del contrato,  voy a dejar de pagar mientras se tramita el procedimiento.

Esta vía es correcta, adecuada y lícita. Porque,  una vez que se dicte la sentencia y se decrete que el contrato es nulo, vamos a poder echar la cuenta también entre todo lo pagado y lo financiado.

Nuestra recomendación, en el caso de que se opte por esta segunda alternativa, es esperar a enviar el burofax que nosotros remitimos a la entidad financiera con carácter previo. En este documento explicamos que no estamos de acuerdo con el saldo deudor de la tarjeta y que consideramos que el contrato es nulo, de modo que procedan a devolvernos esas cantidades.

Dicho esto, tenemos que advertir sobre el escenario con el que puede encontrarse el cliente que decide dejar de abonar su cuota de la tarjeta de crédito.

Posibles consecuencias por dejar de pagar

En el caso de que el consumidor corte el grifo a la entidad financiera, queremos dejar claro las posibles consecuencias que puede sufrir por parte del banco.

– Un bombardeo de llamadas telefónicas a todas horas advirtiéndole de que si no paga le van a demandar, embargar, etc… y una serie de estupideces más, ninguna de las cuales es cierta ni hay que creerse. Al cliente no le pueden embargar. Para que eso llegara a ocurrir, tendría que haber un procedimiento judicial en el que el cliente resultara condenado. Y lo que sucede es que el único proceso judicial que está en marcha es el que está llevando a cabo el demandante que pide que sean condenados los responsables de la entidad.

O sea, bravuconadas absurdas que le van a agobiar, molestar, fastidiar… etc, pero que son totalmente inofensivas.  

– Otra cosa que le puede pasar al demandante es que le incluyan en un fichero de morosos. Esto lo hacen las entidades financieras porque lo tienen totalmente automatizado. Es decir, cuando su software bancario detecta que hay un impago, proceden, automáticamente, a la inclusión de los datos del cliente en el fichero de morosos después de agotar la táctica del acoso telefónico y comprobar que no da resultados.

Esta práctica por parte del banco genera más molestias e inconvenientes  porque, mientras dura la tramitación del procedimiento, el demandante no puede contratar servicios (teléfono, seguro del coche…), solicitar préstamos, etc.  

Pero, además de molesto, es ilegal. No pueden hacerlo desde el momento en el que el cliente manifiesta su disconformidad con el saldo deudor de la tarjeta de crédito. Y, al hacerlo, incurren en una vulneración del derecho al honor por intromisión ilegítima en fichero de morosos.

Por tanto, es posible interponer otra reclamación frente a la entidad demandando una indemnización. Ésta, según justrisprudencia del Tribunal Supremo, llega en ocasiones hasta los 10.000 euros dependiendo del daño, no solo moral, sino patrimonial derivado de esa actuación de la entidad financiera.

Si el cliente tiene  claras estas consecuencias de no pagar y lo puede sobrellevar más o menos bien durante los ocho, diez meses o un año que se puede prolongar el procedimiento, entonces…. esta alternativa es perfectamente viable.

En definitiva, a la “pregunta del millón”,  si demando a WiZink ¿puedo dejar de pagar las cuotas de la tarjeta?

La respuesta es SÍ,  pero sabiendo y siendo consciente de lo que puede ocurrir durante el procedimiento.


8 respuestas a “Demandas contra las «revolving», ¿seguir o no pagando?”

  1. Rafa dice:

    Hola Celestino, gracias por la informacion sobre las revolving. Yo he decidido de momento no pagar las coutas. La pregunta es si wizink en mi caso, me puede reclamar los gastos por devolucion de las coutas y si una vez hecha la sentencia, se ajustarian el balance final . gracias

  2. ALEJANDRO dice:

    Gracias Celestino. en mi caso tengo una tarjeta de Caixabank Consumer Finance con un interés de 24% y he decidido dejar de pagar, ya que en cada recibo me incrementan en 14 euros con un seguro de pago que no he contratado. He bloqueado las llamadas y de momento espero la sentencia.

  3. Sara dice:

    Hola, he reclamado la documentación a la entidad de Bankia vía email, pero no he recibido respuesta.Posteriormente he enviado un burofax a Bankia y aún sin respuesta. No dispongo del contrato ni recibos de las mismas, por lo tanto no sé si es usura o no. Las tarjetas están canceladas, tuve que pedir un préstamo para cancelarlas. ¿Cómo es posible reclamar sin saber la TAE ya que la empresa no envía la documentación?

  4. Sara dice:

    Lo único que tengo es la numeración de cada una de las tarjetas, pero nada más.

  5. Verónica dice:

    Me dieron un préstamo de 2000 euros en 2018 y pago muchos intereses,es una tarjeta pass de Carrefour,les pedí q me mandaran cuando terminaría de pagar y me mandaron una carta en el 2024…. Me parece abusivo…

  6. Baldomero Manzaneque García dice:

    Muy buenas.
    Tengo una sentencia favorable de una tarjeta revolving que WiZink ha recurrido. ¿Puedo dejar de pagar hasta que se resuelva dicho recurso? Mi abogado me ha dicho que me meterían en una lista de morosos. ¿Eso es así?

  7. Gardenia dice:

    Gané una demanda a Cofidis. ¿Tienen que devolverme dinero o tengo que seguir pagando la cuota?

  8. jose javier dice:

    Transcurridos los veinte días hábiles que el banco tenía para recurrir una sentencia, y sin que haya ejercido su derecho,me han notificado que la sentencia es firme. Mi pregunta es si debo seguir pagando los recibos que me envíe el banco. Gracias

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