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¿Cuál es el engaño prenavideño de WiZink?

Fecha: 19 diciembre, 2020 Categorías: Sentencia 4 marzo 2020 | Tarjetas revolving | WiZink


Cuando te llame ese comercial de WiZink para hacerte esa oferta fantástica… NI CASO. Es otro ENGAÑO. No nos vamos a cansar de utilizar esta palabra cuando hablamos de esta entidad. ENGAÑO TRAS ENGAÑO. Porque esta es la frase que mejor resume la estrategia que WiZink ha venido poniendo en marcha con sus clientes desde que el pasado 4 de marzo el Tribunal Supremo sentenció que sus revolving son usurarias.

Y lo ha ido haciendo recurriendo a diversas argucias. Eso sí, cada una peor que la anterior.

Inmediatamente después del fallo, y temiendo la avalancha de demandas –que finalmente no ha podido frenar-, empezó a camelar a los usuarios de sus tarjetas proponiéndoles auténticos ACUERDOS TRAMPA.

La entidad empezó a acosarles telefónicamente para convencerles de que aceptaban lo acordado por el Alto Tribunal y de que estaban dispuestos a “ser buenos”.

¿Cómo?

Bajándoles el tipo de interés del 24% TIN al 20% TIN para no perderles o para que no les demandaran “porque meterse en un litigio es largo y costoso”.

MENTIRA TRAS MENTIRA porque esa estratagema no iba a salvar sus contratos ya que SON NULOS POR USURA.

Desesperación

El fiasco de esta engañosa táctica y el agujero millonario que le está suponiendo la pérdida de los pleitos por las revolving, lejos de hacerle desistir ha envalentonado a WiZink, que ha vuelto a la carga por Navidad.

La desesperación de la usurera  y la opinión que tiene de sus clientes ha quedado nuevamente  reflejada en sus últimos movimientos estratégicos.

Durante los meses de octubre y noviembre, WiZink ha llamado machaconamente  a todos sus clientes contándoles que la sección 4ª de la Audiencia Provincial de Las Palmas  de Gran Canaria había planteado una cuestión prejudicial sobre el crédito revolving.

Les ha dicho que se iban a suspender todos los procedimientos en materia de revolving, que iban a estar paralizados por AÑOS y que era MEJOR que aceptaran la oferta     
-ridícula- que les hacían. Además, que debían aceptarla inmediatamente, al día siguiente,  porque, de lo contrario, la perdían.

PURA PATRAÑA TODO ESTE ARGUMENTO.  Los juzgados y audiencias provinciales de todo el territorio nacional NO HAN HECHO NI CASO A LAS PETICIONES DE SUSPENSIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS CON LOS QUE WIZINK HA INUNDADO LOS JUZGADOS DE TODA ESPAÑA.

De los cientos de procedimientos  que llevamos contra WiZink NO SE HA SUSPENDIDO NI UNO SOLO EN TODO EL PAÍS. Por el contrario, cada semana  OBTENEMOS MÚLTIPLES SENTENCIAS QUE SIGUEN CONDENANDO A WIZINK Y RESTITUYENDO MUCHO DINERO PARA NUESTROS CLIENTES.

Los jueces están hartos de WiZink y de sus mentiras y así se lo hacen ver con fallos favorables, un día sí y otro también, para los demandantes.

Una cuestión prejudicial infundada

Hay muchas resoluciones que han señalado lo infundado de la cuestión prejudicial. Dicha cuestión no ha sido planteada por el Supremo y lo más probable es que ni siquiera  se admita a trámite porque no tiene ningún fundamento. A ello se añade que  parte de unas consideraciones jurídicas erróneas.

Por ejemplo, ayer recibíamos una resolución del Juzgado de Primera Instancia 21 de Palma de Mallorca en la que se decía textualmente:

“No cabe pues, plantear cuestión prejudicial, sobre una cuestión en la que no existe contradicción o conflicto de normas europea y nacional; y sobre la que no existe discriminación entre prestadores de servicios de crédito, en especial,  cuando se trata de consumidores”.

O lo dicho, contundentemente, por la Audiencia Provincial de Oviedo SAP Oviedo 4ª, nº 357/2020 de 23 de septiembre de 2020, rec. 331/2020

“La  solicitud de cuestión prejudicial solo puede tener por objeto la interpretación de un acto comunitario, no de una norma nacional. En este caso NO SE DAN LOS PRESUPUESTOS NECESARIOS PARA PLANTEAR LA CUESTIÓN con relación a la aplicación de una doctrina jurisprudencial -como la emanada de la Sentencia de 4 de marzo de 2020- que no trata sobre el Derecho de la Unión Europea o su transposición al Derecho interno, sino exclusivamente sobre una disposición de Derecho nacional (la Ley de Represión de la Usura).

Dicha ley no guarda relación con la normativa de consumo y es, incluso, anterior a la existencia misma de la Unión Europea. Tampoco resulta necesario su planteamiento sobre la aplicación de los trámites que permitan acomodar las pretensiones de los litigantes a dicha doctrina, modificando los fundamentos de las mismas, cuando ya se ha razonado con anterioridad sobre la improcedencia de tales alteraciones en el objeto del proceso”.

Y así… todos los juzgados. NINGUNA SUSPENSIÓN

Pérdida de saldos brutales para WiZink

Mientras tanto,Wizink perdiendo a diario un pleito tras otro. Viendo cómo se anulan saldos deudores brutales (generados por aplicación de intereses de usura durante toda la vida del contrato) y que, además, tiene que devolver cantidades considerables de dinero al efectuar la resta entre lo pagado y lo financiado.

Por ejemplo, a una clienta de Gijón  se le devolvieron esta semana más de 10.000 euros, cuando WiZink decía que era ella quien debía 12.000 euros a la entidad.

 Como siempre decimos, esta es la consecuencia de que se apliquen intereses salvajes durante toda la vida del contrato. En muchas ocasiones el cliente NO DEBE NADA, y WIZINK tiene que RESTITUIR CUANTÍAS IMPORTANTES a la hora de hacer números entre todo lo pagado y  lo financiado.

Pues bien, ante este panorama de derrota tras derrota y devolución tras devolución….

¿Qué hace ahora WiZink?

Pues tratar de salvar los muebles y plantear un “ACUERDO TRAMPA PRENAVIDEÑO”, mejorando las propuestas efectuadas en octubre y noviembre con el cuento de la cuestión prejudicial.

ESTÁ LLAMANDO INCLUSO A LOS CLIENTES QUE HAN DEMANDADO y riéndose de la inteligencia ajena. Está suponiendo que la gente va a aceptar cualquier oferta que les permita tener algún dinero para las fiestas: les hace una oferta que, en la mayoría de las ocasiones, resulta TRES VECES INFERIOR A LO QUE ADEUDAN  y que supone, además, la necesidad de desistir de la demanda planteada.

Hacer caso omiso

Un nuevo engaño. Y sospechamos que no va a ser el último. ASÍ QUE NI CASO….

WiZink ha ido dilapidando su reputación a pasos agigantados trazando un historial de engaños que se le han vuelto en contra. ENGAÑÓ a sus clientes CON EL CONTRATO AL 27,24% TAE con capitalización de interés y comisiones para convertir al cliente en DEUDOR CAUTIVO.

Ha tratado de engañar y confundir a clientes y tribunales de toda España con su recurso de casación,  solicitando ya entonces la suspensión de todos los procedimientos.

¿El resultado? Un tremendo batacazo perdiendo en el Supremo, lo que supuso la pérdida también de todos los procedimientos que intentó suspender.

Ha tratado igualmente de engañar a clientes y tribunales con la suspensión solicitada en tromba en los meses de octubre y noviembre.

¿El resultado? NULO. Nadie le hace caso. Ha caído en el descrédito total. Los Tribunales están laminando todos sus contratos.

Así que cuando te llame ese comercial de Wizink y te haga esa oferta fantástica… NI CASO. ES OTRO ENGAÑO.

¡Recuerda en todo momento su modus operandi: ENGAÑO TRAS ENGAÑO!


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