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WiZink fracasa también en sus acuerdos trampa por SMS

Fecha: 21 julio, 2021 Categorías: Sentencia 4 marzo 2020 | Tarjetas revolving | WiZink


En posts anteriores os hemos hablado sobre los acuerdos trampa con los que la legión de telefonistas de WiZink bombardean a diario a sus clientes.  Y es que WiZink ha recurrido a todas las estrategias imaginables -como habéis ido comprobando en nuestras publicaciones- para  tratar de mantener la vigencia de los contratos como sea.

Inmediatamente después de que el Tribunal Supremo dictara la famosa sentencia  de 4 de marzo de 2020, obligada por el impacto judicial y mediático de esta, la entidad financiera inició una arriesgada campaña comercial.

¿Con qué fines?

Borrar todo rastro documental que permitiera asociar y vincular a sus contratos los tipos de interés aplicados  -real  y efectivamente durante años-  al contrato de tarjeta de crédito en su modalidad revolving desde el inicio de la relación contractual (27,24% TAE).

Intentar neutralizar las previsibles acciones judiciales que pudieran emprender sus clientes a la vez que mantener y disimular su negocio usurario.

Para conseguir estos objetivos se propuso impedir  y limitar el acceso al histórico de los extractos y liquidaciones mensuales del crédito (desde la banca online/área y espacio clientes. Simultáneamente remitió a sus clientes, de forma masiva, correos electrónicos en los que les anunciaba a bombo y platillo una rebaja voluntaria y unilateral del tipo de interés sólo para el pago aplazado (20,00% TIN y 21,94% TAE).

¿Cómo?

Utilizando un señuelo y táctica comercial financiera consistente en hacer creer que, para una disposición típica de 1.500 euros aplazada a un año, el cliente sólo pagaría 167,42 euros de intereses. Además, ocultando y silenciando,  deliberada y maliciosamente, el sistema de capitalización mensual de intereses incorporado al contrato.

Un sistema diseñado milimétricamente e impuesto por el empresario sin explicación previa  ni simulación alguna al adherente que le ayude a comprender y a aceptar la carga jurídica y económica que asume.

De este modo, el empresario está convirtiendo  en usurario su negocio de crédito y en irreal, falsa e inverosímil  la simulación publicitada, que no es más que una simulación ficticia de liquidación. Es ficticia porque no guarda relación alguna con la realidad financiera que afecta al contrato de crédito.

Opacidad documental

La entidad, usurera experta, siendo consciente de que la mayoría de consumidores no va a conservar un contrato firmado hace cinco, diez, veinte años o más…., impide la consulta a través de la app de recibos anteriores a abril de 2020.  Y trata de que parezca que sus contratos se han “maquillado” a un 20% TIN, 21,94% TAE.

Por supuesto, esto no nos supone ningún obstáculo para reclamar, aunque no vamos a revelar nuestro “Know How”.

En algunos casos, la entidad financiera, con el objetivo de borrar todo rastro de la usura que practica e intentar neutralizar las posibles acciones judiciales de sus clientes, ha sustituido “el plástico” de la tarjeta de crédito por uno nuevo. Incluso, les ha enviado un documento contractual de adhesión que denomina artificiosamente “contrato” y “condiciones económicas del contrato de tarjeta de crédito”, simulando un cambio de contrato y advirtiendo de que el uso de la tarjeta y su activación, mediante disposiciones de efectivo o compras realizadas, equivale a consentimiento contractual.

Idéntico saldo deudor

Sin embargo, pese al cambio de apariencia físico de la tarjeta y pese a la simulación de renovación contractual, WiZink HA MANTENIDO VIGENTE EL MISMO SALDO DEUDOR DEL CRÉDITO QUE EL CLIENTE MANTENÍA EN LOS EXTRACTOS Y LIQUIDACIONES PREVIAS.

Toda esta colección de  patrañas las ha llevado a cabo el usurero de la mano de su ejercito de telefonistas que ofrecen unos “acuerdos que hay que aceptar inmediatamente a través de un SMS CERTIFICADO».

SÍ, Sí.  Un acuerdo para poner fin a un procedimiento judicial explicado por un telefonista y que el cliente firma a espaldas del abogado por SMS.

¿SE PUEDE SER MÁS CUTRE?  El acuerdo consiste normalmente en una cantidad que es tres veces inferior a la que correspondería al usuario  y que se descuenta del saldo deudor generado a lo largo de los años aplicando intereses usurarios.

Además,  se entrega una cantidad de 1500 euros para el pago de gastos de proceso…. La presión es tan fuerte, y se cuentan tantas mentiras en esas llamadas, que algunos clientes han llegado a firmar este tipo de acuerdos telefónicos….POR SMS…  

Cuando se les explica después que esta es otra artimaña más del usurero, la mayoría deciden continuar con el procedimiento judicial. En un post anterior hicimos referencia a uno de estos casos, en el que el Juzgado de Primera Instancia 14 de Valladolid estableció en sentencia de 9 de abril de este año:

no consta que el contenido de dichos acuerdos fuera explicado al consumidor ni que este expresara su consentimiento de forma plenamente consciente y voluntaria, no pudiendo entenderse de recibo que el pretendido acuerdo se hubiera intentado al margen y prescindiendo de la intervención del Letrado que en este proceso asiste al Sr. M., circunstancia que, sin duda, denota la mala fe de la parte demandada”.

Todavía hoy tuvimos un juicio  telemático ante el juzgado de primera instancia 104 de Madrid en el que WiZink trataba de hacer valer un acuerdo similar en el que el acuerdo perjudicaría al cliente en más de 8.000 euros.

La verdad que es de vergüenza ajena todo lo que el usurero está dispuesto a hacer para mantener a flote su negocio.

¿Cuál ha sido el resultado del juicio del Juzgado 14 de Valladolid?

El juzgado declaró la nulidad del contrato. Efectuado el cálculo entre pagado y financiado, el cliente ya no debe los 6100 euros que supuestamente debía y WiZink le ha devuelto 6713,64 euros….


4 respuestas a “WiZink fracasa también en sus acuerdos trampa por SMS”

  1. CECILIA BUENO dice:

    BUENOS DÍAS,
    HACE UN PAR DE MESES ME LLAMARON DE WIZINK PARA BAJARME TAE Y PAGARME DIFERENCIA ,LLEVO PAGANDO UN MONTON DE TIEMPO ESA TARJETA Y ACEPTE,ESE MISMO DIA MEDÍ CUANTA DE QUE ME HABIAN ENGAÑADO,NO SE PUEDE HACER NADA YA VERDAD?¿?PQ ME HICIERON UNACUERDO AMISTOSO TELEFONICO

  2. Celestino dice:

    Ese tipo de acuerdos no tienen validez según ha dicho el Tribunal Supremo en las dos sentencias 25 de noviembre de 2015 y 4 de marzo de 2020. Pues la nulidad por usura es insubsanable.

    • CECILIA dice:

      PUES ME GUSTARÍA SABER CÓMO HACERLO Y EMPEZAR A DEMANDARLOS PORQUE ENCIMA ME SIGUEN COBRANDO DESPUÉS DE ESTA BAJADA INTERESES ABUSIVOS. VAMOS QUÉ SE HAN REIDO DE MI A MI CARA Y LA VERDAD QUE ESTOY HARTITA…….
      MIL GRACIAS POR SU INFORMACIÓN. LE SIGO Y HE VISTO MUCHAS DEMANDAS DE USTED Y LE SIGO POR REDES. ES USTED UN GRAN PROFESIONAL. ENHORABUENA!!!

  3. Alberto dice:

    Si reclamo, ¿puedo mientras tanto cancelar la deuda con un préstamo de otra entidad?

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